CCOO del Hábitat | 29 abril 2024.

CCOO del Hábitat de Galicia impugna los Pliegos del SAD de Serra de Outes

    La elaboración de la oferta económica sin contemplar los costes salariales reales, ni la previsión de incrementos salariales para el futuro que establece la Ley Contratación Pública, obliga al TACGAL a dictaminar medidas cautelares y paralizar la licitación

    17/01/2024.
    CCOO del Hábitat de Galicia impugna los Pliegos del SAD de Serra de Outes

    CCOO del Hábitat de Galicia impugna los Pliegos del SAD de Serra de Outes

    Una vez más, CCOO del Hábitat de Galicia interpone un recurso administrativo ante el TACGAL (Tribunal Administrativo de Contratación Pública de Galicia), esta vez contra el Ayuntamiento de Serra de Outes, debido a la elaboración de los Pliegos Administrativos para el Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD) en los que no refleja el coste salarial real quedando en más de un 3% anual por debajo de los costes salariales según los cálculos elaborados por el sindicato.

    Asimismo, tampoco hace una previsión real ni cercana a los incrementos salariales futuros, dado que a la altura del año en la que nos encontrábamos en el momento de la licitación, ya se estimaba un IPC real a final de año por encima del 3%.

    Con estas dos irregularidades, provocan que la oferta económica se estime en casi un 7% por debajo de los costes reales, lo que conlleva una amenaza sobre el beneficio empresarial que provocará, sin dudas, un incumplimiento sistemático del Convenio de Aplicación a las personas trabajadoras del SAD.

    La rebaja salarial detectada en la elaboración de la oferta económica justifican la solicitud y aplicación de medidas cautelares en el expediente de contratación elaborado por el Ayuntamiento de Serra de Outes, tal y como recoge el artículo 35.bis de la ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico.

    Con esta medida, desde CCOO del Hábitat de Galicia, espera que el órgano competente resuelva el recurso aplicando las medidas necesarias para corregir las infracciones de procedimiento o impedir que se causen otros prejuicios a los intereses afectados.